Una modificación de arrendamiento se contabiliza como un arrendamiento separado si aumenta el alcance del arrendamiento y el precio de consideración aumenta en una cantidad commensurada con el aumento del alcance; de lo contrario, se remedia el activo de derecho de uso (ROU) y el pasivo de arrendamiento usando la tasa de descuento incremental del arrendatario revisada (ASC 842-10-35-2 y ASC 842-20-35-1).